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Artículo UNICO del Decreto Ley 3230

Autoriza, por gracia, a don salvador uriaz gonzalez altamirano y doña marta isabel hernandez salinas para reintegrar imposiciones por el periodo que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 135175 / 8343880.

Texto oficial

Artículo único.- Autorízase, por gracia, a las personas que se indican, para que reintegren imposiciones por los períodos que en cada caso se señala: 1.- Don Salvador Uriaz González Altamirano, desde el 1° de Noviembre de 1948 y el 8 de Marzo de 1961. 2.- Doña Marta Isabel Hernández Salinas, desde el 1° de Junio de 1958 y el 17 de Junio de 1959. La Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas, procederá a recibir las imposiciones por dichos períodos las que serán de cargo de cada uno de los interesados y, una vez reintegradas el respectivo organismo previsional lo considerará en su jubilación.