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Artículo UNICO del Decreto Ley 3242

Habilita, por gracia, a doña maria ines donoso quiroga para que impetre pension de montepio

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 135288 / 8343986.

Texto oficial

Artículo único.- Habilítase, por gracia, a doña María Inés Donoso Quiroga, para que impetre pensión de montepío, en su carácter de hija legítima soltera del ex Teniente Coronel don Alfredo Donoso Silva. La Caja de Previsión de la Defensa Nacional procederá a tramitar la solicitud de la interesada, con omisión de lo dispuesto en el artículo 164° del DFL. N° 1, de 1968. El gasto que importe el presente decreto ley se imputará al ítem de pensiones de la Subsecretaría de Guerra, del Ministerio de Defensa Nacional y a la Caja de Previsión respectiva.