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Artículo UNICO de la Ley 1.690

Ley 1.690

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 135307 / 6164995.

Texto oficial

Artículo único.- Elévase a ciento cuarenta pesos ($ 140) al mes la pension de gracia otorgada por la lei de 2 de agosto de 1883 a favor de doña Avelina Echánez, viuda de Orella, i de sus hijas solteras doña Celmira i doña Celia Orella.