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Artículo UNICO de la Ley 1.767

Ley 1.767

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 135341 / 6165117.

Texto oficial

Artículo único.- Concédese, por gracia, a la viuda del ex-conductor de los ferrocarriles del Estado don Basilio Arratia, por una sola vez, una asignacion de tres mil pesos.