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Artículo 18 del Decreto 456

Reglamento del fondo de fomento para la pesca artesanal

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 13540 · idParte: 9107033

Texto oficial

Artículo 18°.- Para concursar deberán presentarse dentro del plazo del llamado dos sobres cerrados, caratulados Propuesta Técnica y Propuesta Económica; el primero de ellos contendrá los antecedentes de tipo técnico, y el segundo incluirá la propuesta económica propiamente tal.