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Artículo UNICO de la Ley 1.548

Ley 1.548

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 135531 / 6165705.

Texto oficial

Artículo único.- Auméntase, por gracia, a cien pesos mensuales la pension de que actualmente disfrutan doña Mercedes Figueroa i doña Lastenia Valdivieso, viuda e hija, respectivamente, del teniente-coronel de la independencia don Agustin Valdivieso, de la cual gozarán, con esclusion, de toda otra asignacion fiscal i con arreglo a la lei de montepío militar.