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Artículo UNICO de la Ley 1.557

Ley 1.557

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 135532 / 6165708.

Texto oficial

Artículo único.- Autorízase al Presidente de la República para que conceda al ex-piloto segundo de la Armada, don Ernesto Alfieri, la pension de retiro correspondiente a sus años de servicio: