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Artículo UNICO de la Ley 1.802

Ley 1.802

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 135544 / 6165753.

Texto oficial

"Artículo único.- Concédese, por gracia, desde la vijencia de la presente lei, a doña María Amelia Molina, viuda de Várgas, y a sus hijas doña Blanca, doña Mercedes y doña Valentina Várgas, una pension de mil pesos anuales de que disfrutarán con arreglo a la lei de montepío militar."