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Artículo UNICO de la Ley 1.942

Ley 1.942

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 135563 / 6165848.

Texto oficial

Artículo único.- Se concede, por gracia, al soldado inválido absoluto de la guerra contra el Perú i Bolivia don Juan Portilla, el derecho a disfrutar de la pension de invalidez que corresponde al empleo de sarjento primero.