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Artículo UNICO de la Ley 1.947

Ley 1.947

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 135572 / 6165875.

Texto oficial

Artículo único.- Concédese, por gracia, a doña Enriqueta Carvallo, viuda de don Juan de Dios Merino Benavente, i a sus hijas solteras doña Luisa, doña Elena i doña Ana Merino Carvallo, la pension de tres mil pesos ($ 3,000) anuales, de la que gozarán con areglo a la lei de montepío militar.