Texto oficial
Artículo 188°.- Derógase el Decreto con Fuerza de Ley
N° 224, de 1953, cuyo texto definitivo fue fijado por el
decreto supremo N° 880, de 18 de Abril de 1963, de Obras
Públicas, publicado en el Diario Oficial de 16 de Mayo del
mismo año, en la parte que fija, a su vez, el texto
definitivo de la Ley General de Construcciones y
Urbanización.
Subsistirán las disposiciones del cuerpo legal que se
deroga en la parte relativa al texto definitivo de la Ley
N° 6.071, en lo que no se oponga a las normas de la
presente Ley y mientras no se promulgue el decreto ley que
fije el nuevo texto de la Ley de Propiedad Horizontal.
Deróganse, asimismo, los artículos 22° y 23° de la
Ley N° 17.235 y las disposiciones de otras leyes o cuerpos
legales que fueren contrarias a las de la presente Ley
General de Urbanismo y Construcciones.