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Artículo UNICO de la Ley 1.980

Ley 1.980

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 135775 / 6166531.

Texto oficial

Artículo único.- Se eleva, por gracia, a la suma de un mil ochocientos pesos anuales el montepío de que disfruta la viuda e hijos del capitan de fragata don Demetrio Eusquiza, a contar desde la fecha de la promulgación de la presente lei.