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Artículo UNICO de la Ley 2.017

Ley 2.017

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 135806 / 6166638.

Texto oficial

Artículo único.- En atencion a los servicios prestados al pais por el teniente-coronel don Ramón Carvallo Orrego, concédese, por gracia, a su viuda e hijos lejítimos una pension de un mil ochocientos pesos anuales, de que gozarán con arreglo a la lei de montepío militar. Esta pension es incompatible con toda otra de que los agraciados disfruten.