Texto oficial
Artículo 2º- El mayor gasto que signifique la aplicación de este decreto ley se solventará con cargo al item 50/01/02/24/30.004 del Presupuesto de 1980.
Otorga indemnizacion al personal que indica, dependiente del ministerio de defensa nacional, que cese en sus empleos durante el año 1980
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 135981 / 8972790.