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Artículo 2 del Decreto Ley 3161

Otorga indemnizacion al personal que indica, dependiente del ministerio de defensa nacional, que cese en sus empleos durante el año 1980

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 135981 / 8972790.

Texto oficial

Artículo 2º- El mayor gasto que signifique la aplicación de este decreto ley se solventará con cargo al item 50/01/02/24/30.004 del Presupuesto de 1980.