Texto oficial
ARTICULO 81° Para obtener la autorización de
instalación, el interesado deberá presentar al Secretaría
Regional Ministerial de Salud los siguientes documentos:
a) Solicitud en que deberá constar la
individualización del propietario, o del representante
legal según el caso, nombre del Director Técnico,
ubicación del establecimiento, y
b) Declaración del químico farmacéutico que asumirá
la Dirección Técnica, acreditando su calidad de tal y
señalando su cédula de identidad y domicilio particular.
Tratándose de depósitos de vacunas e inmunoglobulinas,
dicha declaración será efectuada por el químico
farmacéutico o enfermera(o) que asuma su Dirección
Técnica