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Artículo UNICO del Decreto Ley 3182

Concede, por gracia, pension a don hector gonzalez gonzalez

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 136291 · idParte: 8344713

Texto oficial

Artículo único.- Reconócese, por gracia, a don Héctor González González, el derecho a obtener una pensión de retiro en las Fuerzas Armadas, por inutilidad de segunda clase, de conformidad con las normas contempladas por los artículos 100 y 192 del D.F.L. Nº 1 (G), de 1968. Esta pensión será reajustable en lo futuro de acuerdo a la normas generales vigentes sobre la materia. El gasto que importe la aplicación del presente decreto ley se imputará al ítem de pensiones del presupuesto de la Subsecretaría de Aviación del Ministerio de Defensa Nacional.