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Artículo UNICO del Decreto Ley 3198

Reconoce, por gracia, tiempo servido por doña zaida francisca correa henriquez y la autoriza para reintegrar imposiciones por el periodo que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 136322 / 8344755.

Texto oficial

Artículo único.- Autorízase, por gracia, a doña Zaida Francisca Correa Henríquez, para reintegrar las imposiciones correspondientes al período comprendido entre el 1º de Diciembre de 1948 y el 15 de Enero de 1949 y desde el 1º de Septiembre de 1950 al 31 de Enero de 1951. Reconócesele, asimismo, para todos los efectos legales y en especial para su jubilación el tiempo servido entre el 1º de Marzo de 1967 al 18 de Agosto de 1969. La Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas procederá a recibir las imposiciones correspondientes al período que se reconoce y la Caja de Previsión de los Empleados Particulares las que se autorizan reintegrar, todas las cuales serán de cargo de la interesada.