Texto oficial
Artículo 1.º Se autoriza al Presidente de la República, por el término de tres años, para contratar a precio alzado en conjunto o por secciones, el estudio, la construccion i el equipo de los ferrocarriles necesarios para unir la ciudad de la Ligua con el puerto de Papudo i el de Arica.
La línea entre Ligua i Copiapó deberá estar terminada ántes de cinco años.