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Artículo 1 del Decreto Con Fuerza de Ley 56

Modifica el decreto con fuerza de ley numero 285, de 1953, la ley numero 6,815, de 1941, y el decreto con fuerza de ley numero 2, de 1959

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 136385 · idParte: 7248676

Texto oficial

Artículo 1.o Reemplázase el artículo 1.o del decreto con fuerza de ley N.o 285, de 5 de Agosto de 1953, por el siguiente: "La Corporación de la Vivienda será una empresa del Estado con personalidad jurídica y patrimonio distinto del Fisco, con domicilio en la ciudad de Santiago, que se relacionará con el Ejecutivo a través del Ministerio de Obras Públicas y se regirá por el presente decreto con fuerza de ley y las disposiciones que lo complementen".