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Artículo UNICO del Decreto Ley 3243

Reconoce, por gracia, tiempo servido por doña eleonor codoh chavez, y la autoriza para reintegrar imposiciones por el periodo que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 136762 / 8344947.

Texto oficial

Artículo único.- Reconócese, por gracia, a doña Eleonor Codoh Chávez, para todos los efectos legales y en especial para su jubilación el tiempo servido entre el 1° de Enero y el 30 de Abril de 1960. Autorízase, asimismo, para reintegrar imposiciones correspondientes al período comprendido entre el 1° de Junio de 1961 y el 15 de Diciembre de 1962. La Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas procederá a recibir las imposiciones correspondientes al período que se reconoce y la Caja de Previsión de las Cervecerías Unidas (Caja Empleados Particulares) las que se autorizan reintegrar, todas las cuales serán de cargo de la interesada.