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Artículo UNICO del Decreto Ley 3221

Autoriza, por gracia, a doña violeta margarita maturana maturana, para que reintegre imposiciones por los periodos que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 136773 / 8344971.

Texto oficial

Artículo único.- Autorízase, por gracia, a doña Violeta Margarita Maturana Maturana, para que reintegre las imposiciones correspondientes a los períodos comprendidos entre el 1° de Mayo y el 31 de Julio de 1960; desde el 1° de Julio al 31 de Julio de 1964; entre el 1° de Agosto de 1965 y el 15 de Marzo de 1966; desde el 1° de Diciembre de 1966 al 30 de Abril de 1967; entre el 1° de Agosto de 1967 y el 30 de Junio de 1968. La Caja de Previsión de Empleados Particulares procederá a recibir las imposiciones por dichos períodos, las que serán de cargo de la interesada.