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Artículo UNICO de la Ley 63

Ley 63

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 136817 / 6169965.

Texto oficial

Artículo único.- Concédese al teniente-coronel don José Agustín Fraga, para los efectos de su retiro, el abono de tiempo que medió entre su retiro del Ejército el 18 de Junio de 1888 y su reincorporación á él, que fue el 22 de Febrero de 1891.