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Artículo UNICO de la Ley 194

Ley 194

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 136827 / 6169999.

Texto oficial

Artículo único.- Concédese por gracia al sarjento 1.º Florencio Diaz, un abono de tiempo necesario para obtener el cuarto premio i estiéndasele la cédula correspondiente.