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Artículo UNICO de la Ley 232

Ley 232

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 136831 / 6170008.

Texto oficial

Artículo único.- Se declara que la redaccion que corresponde a los ítem 8, 10, 11, 13 y 14 de la partida 6.ª del presupuesto vijente del Ministerio del Culto es la siguiente: Item 8.- Al teniente-cura de Antofagasta. Lei de presupuestos de 1893, 2,000 pesos. Item 10.- Al cura de Tocopilla. Lei de presupuesto de 1887, 2,250 pesos. Item 11.- Al cura de Cobija. Lei de presupuestos de 1889, 2,250 pesos. Item 13.- Al cura de Chiuchiu. Lei de presupuestos de 1893, 2,000 pesos. Item 14.- Al cura de Taltal. Lei de presupuestos de 1893, 2,000 pesos.