Saltar al contenido

Artículo UNICO de la Ley 293

Ley 293

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 136834 / 6170023.

Texto oficial

Artículo único.- Concédese, por gracia, al teniente-coronel de Ejército don Amador Elgueta Talavera, para los efectos de su retiro, el abono de los ocho meses i veinticuatro dias que estuvo separado del Ejército el año 1884.