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Artículo UNICO de la Ley 2.286

Ley 2.286

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 136997 / 7248977.

Texto oficial

Artículo único.- Prorrógase por doscientos dias mas todos los plazos establecidos en la lei número 2,137, de 29 de octubre de 1908.