Saltar al contenido

Artículo UNICO de la Ley 2.443

Ley 2.443

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 137049 / 6170726.

Texto oficial

Artículo único.- Concédese, por gracia, a doña Laura i a doña Leonor Dueñas Latuz una pension mensual de ciento veinte pesos ($ 120.00) en atencion a los servicios prestados por su abuelo el Coronel de la Independencia don Manuel J. Latuz i por su hermano el Capitan don Pedro A. Dueñas.