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Artículo UNICO de la Ley 2.312

Ley 2.312

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 137306 / 6171516.

Texto oficial

Artículo único.- En atención a los servicios prestados en la época de la Independencia por el coronel graduado de Ejército, don Francisco de Paula Lattapiat, concédese, por gracia, a sus nietas lejítimas derecho a disfrutar, con arreglo a la lei de montepío militar, de la pensión que corresponde al empleo de sarjento-mayor.