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Artículo UNICO de la Ley 2.402

Ley 2.402

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 137337 · idParte: 6171669

Texto oficial

Artículo único.- Concédese, por gracia, al teniente-coronel retirado de Ejército, don Hermójenes Cámus, para los efectos de su retiro, el abono de tiempo servido como Intendente de las provincias de Llanquihue i Curicó, desde el 4 de diciembre de 1897 hasta el 2 de octubre de 1901.