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Artículo UNICO de la Ley 2.377

Ley 2.377

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 137340 / 6171675.

Texto oficial

Artículo único.- Elévase a seis mil pesos ($ 6,000) la pensión anual de que disfrutan la viuda e hijos del capitan de navío don Manuel Thompson.