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Artículo 1 de la Ley 16.797 · Autoriza a la municipalidad de purranque para contratar el prestamo que señala

Autoriza a la municipalidad de purranque para contratar el prestamo que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 137345 / 8345312.

Texto oficial

"Artículo 1º- Autorízase a la Municipalidad de Purranque para contratar directamente con el Banco del Estado de Chile u otra Institución de crédito o bancaria, uno o más empréstitos que produzcan hasta la cantidad de cuatrocientos mil escudos (Eº 400.000), al interés bancario corriente y con una amortización que extinga la deuda en el plazo máximo de diez años.