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Artículo UNICO de la Ley 2.384

Ley 2.384

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 137356 / 6171743.

Texto oficial

Artículo único.- Concédese a los ítem que se espresan del presupuesto del Ministerio de Relaciones Esteriores, Culto i Colonización, los siguientes suplementos: Al item 30 de la partida 3.ª, para el franqueo de la correspondencia destinada al extranjero, siete mil pesos ($ 7,000), moneda corriente; Al ítem 31 de la misma partida, para transportes i fletes diez mil pesos ($ 10,000), moneda corriente; Al ítem 32 de la misma partida, para impresiones i adquisicion de publicaciones, diez mil pesos ($ 10,000), moneda corriente; Al ítem 40 de la misma partida, para gastos imprevistos, sesenta mil pesos ($ 60,000), moneda corriente; Al ítem 143 de la partida 6.ª, para espensas de establecimiento, gastos de viaje, comisiones encomendadas a empleados diplomáticos i consulares i promoción de los mismos, treinta mil pesos ($ 30,000), oro de dieciocho peniques; i Al ítem 733 de la partida 15, para imprevistos del ramo de Colonización, dos mil pesos ($ 2,000), moneda corriente.