Saltar al contenido

Artículo 3 de la Ley 16.941 · Autoriza a la municipalidad de coihueco para contratar el prestamo que señala

Autoriza a la municipalidad de coihueco para contratar el prestamo que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 137385 / 8345363.

Texto oficial

Artículo 3°- El producto del o los empréstitos autorizados contratar por la presente ley, deberá ser invertido en la ejecución de las siguientes obras: a) E° 100.000 para ampliación y reparación del Estadio Municipal de Coihueco, adquisición y habilitamiento de terrenos en sectores rurales de la comuna, para nuevos campos deportivos; b) E° 100.000 para extensión, mejoramiento y mantención de la red eléctrica y alumbrado público de Coihueco, e instalación de alumbrado público en sectores poblados rurales de la comuna; c) E° 100.000 para reparación y mantención de caminos comunales y adquisición de elementos mecánicos para este efecto; d) E° 80.000 para pavimentación de veredas y construcción de veredas y soleras en el pueblo de Coihueco, sectores rurales poblados de la comuna y adquisición de elementos mecánicos para este efecto; e) E° 20.000 para la construcción de un nuevo Matadero Municipal en Coihueco;