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Artículo UNICO de la Ley 2.609

Ley 2.609

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 137582 / 6172493.

Texto oficial

Artículo único.- En atencion a los servicios prestados por los servidores de la Independencia, comandante de caballería don Tomas Andrews, i capitan de artillería don Vicente Romero, concédese, por gracia, a su nieta lejítima doña Celia Andrews Romero, derecho a gozar de la pension de montepío asignada a la familia de un sarjento-mayor de Ejército.