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Artículo UNICO de la Ley 2.608

Ley 2.608

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 137591 / 6172517.

Texto oficial

Artículo único.- En atencion a los servicios prestados por el jeneral de brigada don José Ignacio García, servidor de la Independencia, concédese, por gracia, a su nieta lejítima doña Berta García Larenas, una pension mensual de sesenta pesos ($ 60), la que gozará con arreglo a la lei de montepío militar.