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Artículo UNICO de la Ley 2.670

Ley 2.670

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 137657 / 7249589.

Texto oficial

Artículo único.- Auméntase a mil ochocientos pesos ($ 1,800) la pensión de gracia de que disfrutan cada una de las señoras Atala Rosa i Esilda Prat Chacon, a virtud de lo dispuesto en la lei número 930, de 8 de julio de 1897, i de que continuarán gozando en conformidad a la lei de montepío militar.