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Artículo UNICO de la Ley 2.684

Ley 2.684

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 137665 / 6172833.

Texto oficial

Artículo único.- En atencion a los servicios prestados al pais por el jeneral de brigada don José Domingo Amunátegui Borgoño, se aumenta, por gracia, a cuatrocientos pesos la pension mensual de que disfruta su viuda, doña Antonia Rivera de Amunátegui.