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Artículo UNICO de la Ley 2.733

Ley 2.733

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 137958 / 6173712.

Texto oficial

Artículo único.- Elévase, por gracia, a ciento cincuenta pesos ($ 150) la pension de montepío militar que actualmente perciben las señoritas Digna, Atenais i Herminia Oliva, como hijas del sarjento-mayor graduado, servidor de la Independencia, don Joaquin Oliva.