Texto oficial
Art. 10. Los derechos de Aduana establecidos por esta lei i los aumentos de los existentes, entrarán en vijencia sesenta dias despues de la publicacion de esta lei en el Diario Oficial.
Ley 2.641
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 137978 / 7249752.