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Artículo UNICO de la Ley 2.634

Ley 2.634

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 137981 / 6173787.

Texto oficial

Artículo único.- Se concede, por gracia, a don Hugolino Muñoz, ex-preceptor de la escuela número 3 de San Fernando, una pension anual de novecientos pesos ($ 900), en vez de la jubilacion de que actualmente disfruta en virtud del decreto número 1,667, de 8 de agosto de 1896.