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Artículo UNICO de la Ley 2.636

Ley 2.636

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 137983 / 6173793.

Texto oficial

"Artículo único.- Concédese, por gracia, a doña Cármen Pando, viuda del subteniente de Ejército don Amador Maturana i a sus hijos menores, una pension mensual de cincuenta pesos, que disfrutarán en conformidad a la lei de montepío militar".