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Artículo UNICO de la Ley 2.647

Ley 2.647

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 137984 / 6173796.

Texto oficial

Artículo único.- Concédese, por gracia, a la viuda e hijos menores de don Guillermo Pinto Agüero, ex-Enviado Estraordinario i Ministro Plenipotenciario de Chile en Bolivia, una pension de tres mil pesos ($ 3,000) anuales, de que gozarán con arreglo a la lei de montepío militar.