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Artículo UNICO de la Ley 16.660 · Denomina parque forestal ruben dario al parque forestal de santiago

Denomina parque forestal ruben dario al parque forestal de santiago

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 138076 / 8345822.

Texto oficial

"Artículo único.- Denomínase Parque Forestal Rubén Darío, en toda su extensión, al actual Parque Forestal de Santiago."