Texto oficial
Artículo único.- Se autoriza al Presidente de la República para invertir hasta la suma de ocho mil cuatrocientos pesos ($ 8,400) para que atienda al pago de una gratificacion equivalente a seis meses del sueldo de que disfrutaban los empleados que quedaron cesantes con la reorganizacion de la Escuela de Artes i Oficios, llevada a cabo a fines del año último.