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Artículo UNICO de la Ley 2.832

Ley 2.832

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 138424 / 6175314.

Texto oficial

Artículo único.- Concédese, por gracia, a doña María Mercedes i doña Jertrudis Astorga Ocampo, nietas del coronel de Ejército, servidor de la Independencia, don Manuel José Astorga, el goce de una pensión mensual de ochenta pesos ($ 80), de que gozarán, en comun, con arreglo a la lei de montepío militar.