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Artículo UNICO de la Ley 2.833

Ley 2.833

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 138425 / 7250111.

Texto oficial

Artículo único.- Concédese, por gracia, al ex soldado del Batallon Movilizado Valparaíso, don José Miguel Blanco Avaria, derecho a gozar de la pension que, como inválido relativo, acuerda a los individuos de tropa la lei de 22 de diciembre de 1881, pension que disfrutará con arreglo a dicha lei i a las leyes de 7 de febrero de 1895 i 9 de setiembre de 1907.