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Artículo UNICO de la Ley 3.010

Ley 3.010

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 138466 / 6175471.

Texto oficial

Artículo único.- Se concede, por gracia, al Ministro de la Corte de Apelaciones de La Serena, don Miguel Carreño Gómez, para los efectos de su jubilacion, el tiempo comprendido entre el 24 de diciembre de 1887 i el 18 de mayo de 1891, en que desempeñó los cargos de procurador del número de la Corte de Apelaciones de Tacna i de abogado-procurador de la Municipalidad de Iquique.