Saltar al contenido

Artículo UNICO de la Ley 3.013

Ley 3.013

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 138471 / 6175487.

Texto oficial

Artículo único.- En atencion a los servicios prestados al pais por el teniente-coronel don Eleuterio Ramirez, concédese, por gracia, a sus nietos señores don Arturo, don Enrique i doña Adriana Ramírez Baeza, una pension anual de dos mil cuatrocientos pesos ($ 2,400), de que gozarán con arreglo a la lei de montepío militar.