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Artículo UNICO de la Ley 3.097

Ley 3.097

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 138498 / 6175568.

Texto oficial

Artículo único.- En atencion a los servicios prestados por el teniente don Alfredo Valdes, muerto en la batalla de Chorrillos, se concede a su hermana doña Delia Valdes v. de García el derecho de gozar de una pension de trescientos sesenta pesos ($ 360), de la cual disfrutará con arreglo a la lei de montepío militar.