Texto oficial
Artículo único.- En atencion a los servicios prestados por el teniente don Alfredo Valdes, muerto en la batalla de Chorrillos, se concede a su hermana doña Delia Valdes v. de García el derecho de gozar de una pension de trescientos sesenta pesos ($ 360), de la cual disfrutará con arreglo a la lei de montepío militar.