Texto oficial
Artículo 9º: Las mercancías deberán ser entregadas a los recintos de depósito aduanero a más tardar dentro de las 24 horas siguientes a su descarga.
Aprueba reglamento de ordenanza de aduanas
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 138625 / 6175946.